Una importante decisión ha sido tomada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en favor de los trabajadores. La Corte estableció que los patrones que omitan el pago de aportaciones al Infonavit serán condenados a cumplir con estas obligaciones, incluso si ya no existe una relación laboral.
La resolución fue alcanzada por unanimidad de votos en la segunda sala de la SCJN, y surge de una contradicción de tesis entre dos Tribunales Colegiados de Circuito. Ahora, si un trabajador reclama al patrón el pago de las aportaciones al Infonavit que no fueron cubiertas durante su empleo, el patrón deberá pagar en su totalidad, considerando todo el tiempo de la relación laboral.
Incluso si el patrón no inscribió al trabajador al Infonavit mientras duró su empleo, deberá solventar las aportaciones no enteradas. Esto significa que se reconoce al trabajador el derecho que le fue indebidamente negado, permitiéndole disfrutar de los beneficios de la seguridad social que le correspondan.
Esta decisión de la Corte garantiza los derechos de los trabajadores a una vivienda digna, y establece un criterio firme en casos donde se haya vulnerado este derecho a través de la omisión del pago de aportaciones al Infonavit.
El conflicto surgió en 2022, cuando un tribunal colegiado falló a favor de la empresa en un caso similar, mientras que otro determinó que la compañía debía pagar las cuotas pendientes durante toda la relación laboral, aunque esta hubiera terminado. Ahora, con la decisión de la SCJN, se establece un precedente claro y justo en favor de los trabajadores.